Se aprueba reglamento de administración del programa de garantías de apoyo a la vivienda Ley N°21.543

En el mes de febrero se publicó en el diario oficial el fondo de garantía especial, que ayudará al ámbito de la construcción y vivienda, en este caso nos enfocaremos en el programa de Garantías de Apoyo a la vivienda que cubre hasta el 10% el valor del pie de una propiedad enfocados principalmente en apoyar a las familias que postulen a una 1era vivienda y no puedan cubrir el total del Pie.

Hoy en día los bancos están más restrictivos y es por ello que indico sus condiciones y requisitos mínimos para que puedas postular:

1.      Ser persona natural.

2.      La propiedad no debe superar el monto de UF 4500.

3.      No haber recibido ningún subsidio o beneficio estatal para financiamiento de una vivienda.

4.      No tener registro vigente de deudores de pensiones de alimentos.

5.      Debes ser sujeto a crédito hipotecario.

En cuanto a las condiciones financieras de la garantía son:  

1.      La entidad financiera no debe registrar como garantía general, ni inscribirse como gravamen en el conservador de bienes raíces.

2.      Puedes refinanciar el beneficio con otras entidades asociadas a la licitación.

3.      Si quieres renegociar la deuda de acuerdan condiciones con el administrador del fondo.

4.      La garantía no cubre intereses del crédito hipotecario

5.      El pago de la garantía se podrá realizar hasta 10 años.

El beneficio tiene como finalidad apoyar a las personas sujetas a crédito hipotecario que puedan acceder al beneficio y apoyo a la construcción aumentando la economía del país. 

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